«Confío en la frase de Bismarck que atribuía a España la extraordinaria fuerza de no ser destruida, a pesar de llevarlo intentando tantos siglos los españoles y confío que nuestras instituciones reaccionen a tiempo, pero sabiendo que todos tenemos el deber de impedir el suicidio nacional».
La Constitución española de 1978 -lo ha reconocido el Tribunal Constitucional- no estableció una «democracia militante», contrariamente a lo que hicieron la Ley Fundamental de Bonn para Alemania y la Constitución de la V República para Francia, que no toleran que, desde la actividad política, pueda ponerse en peligro la unidad territorial, o la forma de Estado. Por esta razón, se comete un error cuando las pretensiones de los partidos antisistema y separatistas, además de «legales» (lo son porque la legislación española no las prohíbe), se adjetivan de «legítimas», que no lo son, a menos que se pretenda sostener que los Ordenamientos Jurídicos alemán y francés no son democráticos. Sin embargo, no cabe interpretar que los constituyentes no tomaran ninguna […]
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Un artículo de Ramón Rodríguez Arribas publicado en ABC el 8 de octubre de 2020