Presidencialismo vs. Parlamentarismo

Aunque sea una obviedad, el régimen consagrado por la Constitución española de 1978 es el de un sistema parlamentario. El artículo 1.3 establece: «La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria». Lo que esto implica es que el Jefe del Estado es el Rey (o Reina en su momento), y que el jefe de Gobierno (mal llamado presidente del Gobierno) es el que sea elegido por el Parlamento. Reitero que «mal llamado» porque en todas las democracias desarrolladas y especialmente en los países de la Unión Europea, Estados Unidos, etc., el jefe del Estado es el Rey o el presidente de la República, y el jefe de Gobierno se denomina primer ministro, jefe de Gobierno, pero nunca presidente, salvo en Italia, donde se denomina presidente «del Consejo de Ministros». Fue un error denominar presidente del Gobierno en la Constitución española a quien solo es el primer ministro o jefe de Gobierno, pues de aquí posiblemente se deriva la tendencia a transformar el régimen político español de «parlamentario» a «presidencialista». Sigue leyendo →

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